Una vez entendido el concepto común de extranjero, habrá que definir el significado de xenofobia para los efectos de este artículo. La acepción jurídica del término según Guillermo Cabanellas, es que consiste en un "odio u hostilidad hacia los extranjeros, siendo consecuencia, por lo general, de un exceso de nacionalismo. Esta actitud, recrudecida en los tiempos modernos, rompe la solidaridad humana, deber imperioso derivado de su unidad o al menos de la capacidad de entenderse y reproducirse todos los pueblos y razas. Esta posición primitiva se advierte en casi todos los pueblos de la antigüedad, aún de la cultura del griego; ya que Esparta aplicó en todo rigor la xenelasia o prohibición de que los extranjeros entraran en su territorio. El mismo Licurgo, en Lacedemonia, se opuso también a la admisión de los extranjeros, por estimarlos sospechosos". La xenomanía entonces, según Cabanellas, se entiende como "la manía persecutoria contra los extranjeros" y, por el contrario, la xenofilia significa "amor para con los extranjeros; acogida cordial y afectiva de los mismos".
Una observación importante es que la xenofobia debe estudiarse como un fenómeno eminentemente social, cultural, no jurídico, lo que quiere decir que atiende a la reacción fóbica de grupos sociales ante la presencia de otros que no comparten su origen, y que las leyes no son más que el reflejo de esa fobia cultural y no a la inversa. La xenofobia es el rechazo expresado a través de prejuicios en contra de todo aquél extranjero, teniendo en cuenta que los prejuicios son convicciones sin fundamento, con desconocimiento de los hechos, que desencadenan fácilmente la discriminación. Esto más, se puede afirmar con certeza que la xenofobia o rechazo a los extranjeros precisamente se materializa, en su mayoría, mediante acciones u omisiones discriminatorias en perjuicio de los mismos. De ahí la importancia de estudiar la xenofobia como un tema de discriminación en derechos humanos.
En el siglo XXI, Honduras es un país que se suma poco a poco a aquéllas naciones que reciben extranjeros más a menudo, ya sea por turismo, relaciones comerciales, humanitarias o religiosas. Muchos de esos extranjeros que nos visitan toman la decisión de residir en nuestro país de manera permanente, para satisfacer sus objetivos personales, de carácter académico o profesional. Como es de esperarse, esos extranjeros residentes en el país se sujetan, de la misma forma que los hondureños, al sistema jurídico nacional, pagando impuestos, respetando las leyes de convivencia ciudadana, atendiendo a llamados del sistema de justicia, en fin, asumiendo los deberes que la ley impone a los nacionales. Asimismo, en teoría, tienen derecho a ser tratadosigual y a disfrutar de una vida plena, libre de discriminación por su lugar de origen. A simple vista, esta afirmación parece factible en un país como Honduras que ha aprobado múltiples instrumentos de derechos humanos, pero lamentablemente la realidad es otra. La Constitución de la Repúblicapromueve una temible xenofobia que se explica por las circunstancias políticas en que se puso en vigencia la norma suprema en el año 1982, cuando tomaba auge la Doctrina de Seguridad Nacional y los extranjeros eran vistos con hostilidad. Los artículos 30 al 35 se encargan de exponer la figura del extranjero de una manera negativa, como si se tratara de regular los límites de actuación de un enemigo dentro del territorio. Antes de hablar de los derechos de los extranjeros y de la igualdad de trato, esos artículos hacen una referencia primordial, casi hostil, a las obligaciones ineludibles que adquieren una vez que ingresan en el territorio.
Cuando hacemos referencia a la xenofobia en Honduras como práctica social, no nos referimos necesariamente a una xenofobia intencional. Esta también puede tomar lugar por la ignorancia generalizada de la población sobre los derechos humanos, que dificulta un ambiente favorable de convivencia con los extranjeros. Este fenómeno en Honduras podemos explicarlo fácilmente con los siguientes ejemplos y comparaciones con los Estados Unidos, país que escogemos por ser uno de los que mayor afluencia de migrantes recibe al año y por ser de los que cuenta con mayor diversidad de culturas en el mundo, sin perjuicio de no desconocer que es también una nación imperfecta en el trato de muchos de sus migrantes, particularmente los de condición ilegal, pero que en definitiva ha desarrollado muchísimo la tolerancia social a la diversidad.Hay formas indirectas de discriminar al "extranjero" a pesar de que se convierta en hondureño por naturalización. Si ese extranjero dejó su nacionalidad anterior para asumir la hondureña, siguiendo un razonamiento lógico, deberá estar sujeto a los mismos derechos y obligaciones que cualquier hondureño, porque ha manifestado su interés por la nacionalidad de nuestro país, y el Estado, después de verificar que reúne una serie de requisitos, lo ha adoptado como su nacional.
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